¡Fuimos premiados por el Small Business Excellence Award 2017!
agosto 30, 2017

¿Perdiste tu equipaje? ¿Y ahora qué?

Imagina el momento en el que estás esperando tu equipaje, salen y salen, ninguna es tuya, todos se alejan con sus maletas mientras tú aún sigues esperando, de pronto se va la última persona y no te queda más que resignarte a que tu equipaje no está ¿Qué hacer en este momento?

Pasos:

  1. Embala y usa un candado para cuidar tus pertenencias.
  2. Informar inmediatamente a las autoridades de la aerolínea.
  3. La aerolínea debe compensarte los días necesarios hasta entregarte el equipaje. El monto de la compensación se definirá de acuerdo con el valor declarado o la tasación de los daños.
  4. La aerolínea debe entregar el equipaje en el mismo estado que lo recibió, de no ser así debe pagar por los daños causados.
  5. Todo pasajero tiene deberes y derecho, documéntate antes de viajar.
  6. No incluir objetos de valor en tu equipaje.

Derechos del Pasajero

Entre los derechos de los pasajeros se encuentran:

  • Que el transporte se realice en la fecha, horario y demás condiciones estipuladas (artículo 127 inciso 1 del Código Aeronáutico).
  • Información veraz y oportuna sobre los servicios ofrecidos por la línea aérea, precio del transporte, condiciones de contratación y otras características relevantes.
  • Dejar sin efecto el contrato en caso que el transportador suspenda, retrase y cancele el vuelo o modifique sus condiciones por razones de seguridad o de fuera mayor sobrevinientes, como fenómenos meteorológicos, conflictos armados, disturbios civiles o amenazas contra la aeronave.
  • Optar a ciertas prestaciones en caso que el transportador interrumpiere o suspendiere un viaje ya iniciado por causa que no lo exima de responsabilidad.
  • El transportador, en este evento, está obligado, a sus expensas, a proporcionar mantención y hospedaje a los pasajeros. Asimismo, deberá ofrecerles, a elección de ellos, cualquiera de las siguientes opciones:
    • Reembolso del importe proporcional del trayecto no realizado.
    • Continuación del viaje, con la demora prevista para solucionar su interrupción.
    • Reanudación del viaje con otro transportador, en las mismas condiciones estipuladas.
    • Retorno al punto de partida, con reembolso del precio del pasaje.
  • Derecho a ciertas prestaciones en caso que el transportador no embarcare a un pasajero que se hubiere presentado oportunamente y cuyo boleto de pasaje estuviere previamente confirmado en un vuelo determinado.